Desde que se decretó el estado de alarma en el país debido a la crisis sanitaria que está provocando el coronavirus, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, incluidos los profesionales de la Unidad Militar de Emergencias (UME), están advirtiendo a la ciudadanía que no salgan de sus casas salvo que lo hagan por las excepciones previstas en el decreto aprobado por el Gobierno de España.
En este sentido, la Policía Local de la ciudad de Toledo destaca que la ciudadanía está concienciada de manera generalizada en el respeto de estas obligaciones. No obstante, durante el lunes y el martes se han registrado un total de cuatro sanciones por incumplir el confinamiento exigido.
Según ha podido conocer este medio, una de estas personas ha sido sancionada dando la vuelta al Valle, mientras que otra de ellas paseaba con el perro desde Palomarejos hasta el barrio de Santa Bárbara, un recorrido más allá de lo necesario para que el animal pueda hacer sus necesidades.
Precisamente, desde el perfil de Facebook de la Policía Local de Toledo compartían este miércoles un vídeo en el que mostraban la llegada a la plaza de Zocodover sin ningún viandante en la vía pública. "Así queremos ver las calles. Nuestra intención no es denunciar, no es detener. No nos obligues a hacerlo", han indicado en la publicación.
Primera persona detenida en Toledo
Por otra parte, otro de los casos anecdóticos ocurridos durante la primera jornada laboral en el período de cuarentena, la Policía Local de Toledo detuvo a la primera persona en la capital regional por un delito de desobediencia. “El estado de alarma no es ningún juego. Quédate en casa”, subrayaban en la publicación en la que informaban sobre la detención de un varón que ha sido puesto en libertad.
Tal y como han informado también otros medios locales, se trataba de un varón con evidentes signos de embriaguez que estaba ocasionando desórdenes públicos cuando pretendía subirse a un autobús en la estación toledana. Tras requerir la presencia de la Policía Local, los agentes se personaron en la Estación de Autobuses y cuestionaron al hombre el motivo de su estancia en la vía pública. Sin embargo, evadió las respuestas y comenzó a insultar a los agentes y a toser, por lo que fue detenido.
Aunque fue trasladado en un primer momento a la Comisaría de Policía Local, posteriormente fue trasladado el hospital, donde comprobaron que el hombre no sufría un cuadro de coronavirus pero sí que padece asma. Finalmente, el juez decretó su puesta en libertad.
Nuevas modificaciones ante el estado de alarma
En este sentido, cabe destacar que el Boletín Oficial del Estado (BOE) recoge este miércoles algunas modificaciones sobre las condiciones impuestas en el estado de alarma y que han entrado desde hoy en vigor. En concreto, se añaden nuevos límites al movimiento y más excepciones a las tienda que pueden permanecer abiertas, tal y como ha recogido Civio.
Con los cambios, se da potestad a las autoridades para suspender cualquier actividad que pueda suponer un riesgo y abre la puerta a futuras modificaciones desde el Ministerio de Sanidad. La población está obligada a quedarse en casa y solo podrán salir a la calle y a espacios públicos en los siguientes supuestos, siempre que lo haga de forma individual, salvo que se acompañe a personas con discapacidad, a menores, a personas mayores, o exista otra causa debidamente justificada. Las excepciones al veto a salir a la calle son:
- Compra de alimentos, medicamentos u otros productos de primera necesidad.
- Visitas al médico o a los hospitales.
- Acudir al trabajo.
- Retorno al lugar de residencia.
- Cuidado de mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
- Visitas a entidades financieras y de seguros.
- Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad -donde se incluye la salida a la calle con perros para que hagan sus necesidades-
- Movimientos de miembros del cuerpo diplomático para ejercer sus funciones.
El decreto también prohíbe la apertura de tiendas pero, como en el veto a salir a la calle, hay excepciones:
- Toda la venta online, que podrá ser regulada por el Ministro de Transportes.
- Tiendas de alimentos y bebidas.
- Farmacias.
- Ópticas y ortopedias.
- Establecimientos médicos y sanitarios.
- Droguerías.
- Quioscos de prensa y papelerías.
- Estancos.
- Gasolineras.
- Equipos tecnológicos y de telecomunicaciones.
- Tintorerías y lavanderías.
- Las peluquerías podrán funcionar, pero solo a domicilio.
- Tiendas de alimentos para mascotas.
- Clínicas veterinarias.
- Y, la excepción más abierta: venta de “productos y bienes de primera necesidad”.