Este lunes ha arrancando el juicio con jurado popular contra J.B.A, acusado de dar un puñetazo a M.E.B, y causar su muerte tras una discusión con él y otro hombre, I.H.L, en Yuncos (Toledo) tras conducir a gran velocidad y de forma temeraria en el polígono industrial de la localidad en marzo de 2019. Asimismo, se juzga a I.H.L, al que se acusa de un delito de conducción temeraria.
La acusación particular ha solicitado para el primero de los acusados que sea juzgado por un delito de homicidio doloso, mientras que la defensa del acusado ha pedido su absolución. Asimismo, la defensa de I.H.L, acusado de conducción temeraria, ha argumentado que su defendido incurrió en un delito de conducción sin carné.
De su lado, la representante del Ministerio Fiscal ha ratificado su petición para J.B.A. sea juzgado como responsable de un delito de homicidio doloso, por el que pide una pena de quince años de prisión, y a I.H.L. de otro de conducción temeraria, para el que reclama cinco años de prisión.
La abogada de la defensa ha negado que existiera un "miedo insuperable" por parte de los acusados en el contexto de la discusión, porque la víctima no les agrede ni se dirige a ellos en ningún momento. También ha explicado que un trabajador de la víctima es el primero que increpa a los dos acusados, siendo este último el que intenta mediar después. "Salió de su negocio para mediar entre el agresor y su compañero de trabajo".
Del acusado considera que se dirigió a la víctima, que "ni siquiera le estaba mirando", le marcó con la mano derecha y con la izquierda y le propinó el puñetazo. A su juicio, "si --el acusado-- no pega un puñetazo no causa un mal" y "si se lo pega, con la virulencia que lo hizo, lo más probable es que cause un mal", al tiempo que ha señalado que queda "total y absolutamente acreditada la conducta temeraria" del segundo acusado.
Aunque ha reconocido que la consideración del homicidio doloso "está muy al filo", ha pedido al jurado que valore "con mucha precisión si hubo intencionalidad de causar un mal o no, fuera la muerte o no". "Esta muerte no puede ser gratuita, debe ser indemnizada, deja una señora sola con cuatro niñas", por lo que ha incidido en que deben ser indemnizadas con 50.000 euros cada una por parte de J.B.A, y del mismo modo, con 10.000 euros cada una por parte de I.H.L.
"Fue algo cotidiano"
De su parte, la abogada de J.B.A ha calificado los hechos como "un disputa de tráfico, una disputa por ambas partes", en la que participaron "personas con palos y piedras", reconociendo que su representado sí propina un puñetazo en la parte nasal de la víctima, una zona no "vital", en un acto "impulsivo" en medio de una situación "tensa" sin intención de causar "ese desenlace fatal".
Ha explicado que tras el puñetazo, la víctima cae al suelo, se da contra la acera y "esa fue la causa". "Fue algo cotidiano, le puede pasar a cualquiera ¿quién puede imaginar que un puñetazo en la nariz puede causar este fatal desenlace?", ha afirmado, al tiempo que ha negado que se pueda ver que las defensas puedan mentir, añadiendo que el Ministerio Fiscal omite algunos datos, como que el grupo de gente que se agrupó ante la discusión portaba palos y piedras.
Por su lado, el abogado de I.H.L ha desgranado los motivos por los que no se puede sustentar, a su parecer, el delito de conducción temeraria contra su defendido. Sí que admite que conducía sin carnet --tras haber superado el examen teórico, estaba pendiente de realizar el práctico--, pero ha afirmado que mover el coche unos metros no puede considerarse como un acto propio de conducción, que se atribuye a un trayecto de mayor distancia.
De la condición de temeridad, el letrado ha relatado como su defendido intenta mediar entre las partes en la discusión, e incluso recibe un empujón de alguien. Seguidamente, se dirige al coche y una persona coge un adoquín de gran tamaño dirigiéndose hacia él. "Cuando arranca el coche quiere marcharse de allí, no tiene sentido que quiera mediar (...) su intención no era atropellar a nadie, solo marcharse de allí", ha afirmado.
Este letrado ha recalcado también que el relato de los hechos se ajusta perfectamente a las imágenes, sugiriendo al jurado que tiene que ver el vídeo varias veces, y que cada vez que lo vea se fijen en una persona determinada para fijar cada detalle. Finalmente, ha rechazado que se genere un ambiente que haga creer que los acusados son "malas personas" y agresivas.
Ministerio Fiscal
La declaración más extensa ha sido la de la fiscal, que ha incidido en que en este proceso es "la única persona imparcial", porque defiende "los derechos de la ciudadanos", mientras que las defensas son los "menos imparciales", pues su función es defender a sus clientes, "aun cuando supieran que no son inocentes".
Ha trasladado al jurado "no tener ninguna duda" de que se trata de un homicidio doloso, como así se refleja en el vídeo que recoge la grabación de los hechos --"la prueba más trascendente"--, pues el acusado, de complexión "corpulenta" se coloca en posición de boxeo, "conoce las artes y conocía las consecuencias" al golpear a la víctima. Además, ha negado que tanto él como I.H.L se sintieran acorralados, cuando "nadie los agarraba, ni sujetaba, ni agredía", y si así lo sintieron, "podían haberse marchado" y no lo hicieron.
De I.H.L ha señalado que no se siente atemorizado, pues "intenta arrollar al grupo de personas que estaban ahí" que si no se llegan a retirar, se podría estar lamentado "más de una muerte". Finalmente, de los dos acusados ha argumentado que "no se preocupan por el estado de la víctima, no llaman al 112", sino que se marchan y se esconden durante varios días.
El vídeo de la grabación de los hechos --en el polígono industrial de Yuncos-- ha sido mencionado por todas las partes como elemento clave para argumentar sus posturas. Por un lado, para acreditar el homicidio doloso, y por la otra, para reforzar la versión de que el acusado no tuvo intención de causar la muerte de la víctima y que el segundo acusado no quiso atropellar a nadie.