La norma castellanomanchega que regula actualmente las vías pecuarias de la comunidad autónoma se aprobó en 2003, hace 17 años, y desde entonces apenas ha sufrido modificaciones salvo las modificaciones parciales que sufrió por la Ley de Montes y Gestión Forestal Sostenible de 2008. La necesidad de su actualización, sobre todo en una región con un dominio público pecuario tan extenso, es el motivo por el que el Gobierno autonómico ha sacado a consulta previa un nuevo proyecto de ley para regular esta cuestión.
Según explica el Ejecutivo, desde la aprobación de la normativa vigente se han producido cambios en la legislación que tienen que ver con aspectos catastrales, hipotecarios, urbanísticos y ambientales. Todo ello “hace necesaria la adaptación y mejora de la misma2, siempre dentro del marco de la Ley estatal de Vías Pecuarias.
Los objetivos fundamentales sobre los que girará el nuevo proyecto de ley, que gestionará y tramitará la Consejería de Desarrollo Sostenible, será mejorar la eficiencia en el manejo de los recursos públicos y profundizar en la protección del dominio público pecuario.
La nueva regulación también se centrará en atender a las expectativas de la sociedad actual respecto de las vías pecuarias con respeto a su función original de tránsito ganadero. “Es imprescindible, en el desarrollo de la nueva normativa, proveer los recursos necesarios para una defensa y gestión eficaz de las vías pecuarias, que permita la consecución de los objetivos de la norma”, añade el Gobierno regional.
El tránsito ganadero tradicional
Las vías pecuarias son las rutas o itinerarios por donde discurre o ha venido discurriendo tradicionalmente el tránsito ganadero. Asimismo, tienen a todos los efectos la consideración de vías pecuarias, los descansaderos, abrevaderos, majadas y cualquier otro tipo de terreno o instalación anexa a aquellas que sirva al ganado trashumante y a los pastores que lo conducen. Son bienes de dominio público de la comunidad autónoma y por tanto, son inalienables, imprescriptibles e inembargables.
Según su extensión, pueden ser cañadas, cuando su anchura no exceda de 75 metros; cordeles, cuando su anchura no exceda de 37,5 metros; veredas, cuando su anchura no exceda de 20 metros; y también coladas, descansaderos, abrevaderos, majadas, donde la superficie y anchura es variable.
La normativa vigente de 2003 establece la creación de la Red Regional de Vías Pecuarias de Castilla-La Mancha, donde se integran, con independencia de su tipología, los descansaderos, abrevaderos y cualquier otro territorio o instalaciones anexas para el uso del ganado en sus desplazamientos, así como las fincas de reemplazo colindantes con ellas, resultantes de expedientes de reorganización de la propiedad rústica. Según los inventarios, esta comunidad autónoma cuenta con un total de 3.223 vías pecuarias, con 14.579 kilómetros de longitud y 56.333 hectáreas de superficie.