El alcalde de Cervera de los Montes, Pedro Pérez Pérez (PP), tendrá que asumir las costas procesales de la demanda -desestimada- que interpuso al secretario general de CCOO en la provincia, José Luis Arroyo, por lamentar en una publicación en su cuenta de Facebook haber tenido que escuchar al alcalde de la localidad toledana decir que "el 8 de marzo lo celebran las vagas", en un pleno municipal celebrado el 7 de marzo de 2017.
Las publicación de Arroyo, que asistió a aquel pleno, fue difundida por otros usuarios en las redes sociales y también por diversos medios de comunicación. Además, otros ediles del PSOE de Cervera de los Montes solicitaron al alcalde una rectificación de sus manifestaciones sobre las mujeres que Pedro Pérez niega haber pronunciado ya que, según alega, "no se recogen en el acta" de aquel pleno.
El alcalde emprendió una demanda contra el ahora secretario general del sindicato en la provincia por considerar que se había vulnerado su derecho al honor y solicitaba que Arroyo tuviera que borrar su publicación de Facebook y que indemnizará con 3.001 euros a la ONG que designara, asumiendo además las costas procesales que tendrá que abonar él, según dicta la magistrada del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Talavera de la Reina en la sentencia contra la que el demandante puede interponer recurso de apelación.
"De la prueba practicada se colige que efectivamente en el seno del pleno celebrado el día 7 de marzo, y como contestación a unas manifestaciones de la secretaria sobre el día de la mujer trabajadora , el hoy actor -en referencia al alcalde-, en broma o no, manifestó que dicha festividad solo la celebran las vagas", recoge la sentencia, que señala también que ningún de los concejales que asistieron al pleno aquel día, ni siquiera los de su propio partido, acudieron a la vista a declarar que fuese falso que Pérez dijera esa frase.
En este sentido, cabe destacar que el acta del pleno "no es una transcripción literal de todo lo ocurrido" durante su celebración y por lo tanto, en este caso, "el hecho de que la frase no se recoja en el acta no es óbice a que no sea real, pues los testigos y prueba practicada así lo han probado", recoge también la sentencia, que precisa también que "el actor solo niega que dijera la frase discriminatoria hacia las mujeres, pero no aporta prueba alguna”.
La jueza avala por tanto que las críticas que Arroyo difundió en su cuenta de Facebook y las declaraciones que realizó a diversos medios de comunicación, en las que le calificaba como un "machista retrógrado despreciando así a las mujeres", forman parte del ámbito de la crítica política a unas manifestaciones "reales emitidas en un acto público en el ejercicio de sus funciones como alcalde", añade la sentencia, que asevera qee "el derecho a la crítica prevalece en ese caso sobre el honor”.
"Nadie nos va a silencia en la denuncia de declaraciones y actitudes machistas"
José Luis Arroyo ha valorado esta sentencia y ha lamentado que el alcalde de Cervera “tratara de instrumentalizar a la justicia para amedrentarme, con la pretensión de censurarme y de condenarme basándose en una mentira y sosteniéndola ante la jueza. Los tribunales están para otras cosas.”
“Ni este señor ni nadie nos van a silenciar en la denuncia de declaraciones y actitudes machistas y de desprecio a las mujeres; no vamos a dejar de criticar y afear manifestaciones que denigran a las mujeres y son contrarias al principio de igualdad en el que creemos”, recalca Arroyo, que agrega que "en el caso del alcalde de Cervera, hay que recordar que no era la primera vez que hacía comentarios machistas y cometía actos discriminatorios”