El Decreto que regula la ordenación de los apartamentos turísticos y las viviendas de uso turístico en Castilla-La Mancha entrará en vigor en julio, tras su publicación este lunes en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
Dicho Decreto contempla que las viviendas particulares que antes de la fecha de entrada en vigor del presente decreto estuvieran siendo comercializadas o promocionadas en canales de oferta turística para su cesión temporal de uso, con finalidad lucrativa, dispondrán de un plazo de un año para adaptarse a los requisitos establecidos por la presente norma, mientras que los apartamentos turísticos tendrán un plazo de dos años.
El texto, aprobado por el Consejo de Gobierno del pasado 29 de mayo, prevé sanciones para todos aquellos propietarios que no registren la licencia de alta de inicio de actividad en el Registro regional de Empresas Turísticas, un hecho que se considerará falta grave --según la Ley de Ordenación de Turismo regional-- y que puede ser sancionado con multas que van de los 6.011 a los 60.010 euros, la suspensión del servicio o la clausura de hasta tres años.
El presente decreto ha sido informado favorablemente por el Consejo de Turismo de Castilla-La Mancha. En su proceso de elaboración se ha sometido a la consulta pública previa de la ciudadanía, organizaciones y asociaciones de personas y entidades afectadas y se ha otorgado audiencia a las entidades más representativas del sector.
En este contexto, ayuntamientos como el de Toledo se han comprometido a regular también bajo las competencias que tienen este tipo de apartamentos y viviendas de uso turístico. Estas últimas han alcanzado en los últimos meses casi la mitad de las plazas hoteleras que hay en la ciudad.