A partir del próximo día 30 de noviembre, Museo de Santa Cruz, ¡Vivo!, en colaboración con el Museo de Santa Cruz, expone en el crucero inferior del Museo un Privilegio Rodado firmado en 1265 por Alfonso X por el que se eximía del pago de impuestos a los clérigos de la ciudad de Toledo.
Esta actividad es una nueva edición de "La Pieza del Mes" y, complementariamente a la misma y, de alguna manera como continuación del ciclo de Conferencias Conmemorativas del VIII Centenario del nacimiento de Alfonso X el Sabio, el mismo día 30 de noviembre, martes, el Doctor Nicolás Ávila Seonane impartirá una conferencia sobre los Privilegios Rodados de Alfonso X. Dicha conferencia tendrá lugar en el crucero inferior del Museo de Santa Cruz, a partir de las 19:00 horas con acceso libre hasta completar el aforo disponible.
Los Privilegios Rodados
Durante la Edad Media, como recompensa por determinados servicios prestados o en reconocimiento de hechos concretos, los reyes tenían la prerrogativa de conceder ciertos beneficios bien a ciudades, señores, gremios profesionales, la iglesia, etc. mediante los cuales se les otorgaban privilegios especiales, normalmente a perpetuidad, de los que el resto de la población no disponían; entre estos podría citarse exenciones de determinados impuestos, concesión de tierras, ventajas de portazgo, derechos de explotación,…
Estas importantes ventajas se plasmaban en un documento oficial, normalmente escrito sobre pergamino, ratificado con la firma y el sello real, y avalado por la firma de toda una serie de testigos del hecho que conferían solemnidad al privilegio concedido.
En Castilla, el privilegio rodado se empezó a usar a mediados del siglo XII, siguiendo el modelo que ya se venía empleando en el reino de León, y se distinguía por el círculo central con una cruz inscrita que se ve en el documento, como símbolo del poder terrenal del emisor y del origen divino propio de la realeza.
Despachado en Sevilla hacia Toledo
El privilegio rodado de Alfonso X conservado en el Museo de Santa Cruz de Toledo fue despachado en Sevilla el 8 de abril de 1265 para eximir del pago de moneda a los clérigos parroquiales de Toledo en correspondencia a las misas de aniversario celebradas por las almas de Alfonso VIII, Leonor Plantagenet, Berenguela de Castilla, Fernando III y Beatriz de Suabia, al tiempo que les encargaba hacerlo también por él y su mujer Violante de Aragón cuando murieran.
Lo redactó Juan Pérez de Ciudad por orden de Millán Pérez de Ayllón sobre pergamino, como exige esta tipología diplomática, y en escritura gótica documental de privilegios, la más caligráfica de la cancillería. Lo justificaba así la solemnidad de estos instrumentos, reforzada precisamente bajo Alfonso X con tintas de colores, en este caso roja y azul, que decoran crismón, S inicial del texto, nombres de reyes y reinas (Alfonso, Yolant, Leonor, Berenguella, Ferrando y Beatriz), cuatro grandes efes que cierran las columnas de confirmantes, y signo rodado.
En su formulario se suceden: como invocación simbólica el crismón, notificación (sepan), dirección general (quantos este privilegio vieren e oyeren), intitulación (nos don Alfonso, por la gracia de Dios rrey de Castiella, de Toledo, de León, de Gallizia, de Sevilla, de Córdova, de Murcia, de Iahén e del Algarve, en uno con la rreyna donna Yolant, mi mugier, e con nuestros ffiios el inffante don Fferrando, primero e heredero, e con don Sancho e don Pedro e don Iohán), exposición, disposición, cláusulas sancionativas prohibitiva y penal enlazadas, dos corroborativas, data completa (la cronológica combina el sistema boloñés de los días andados y por andar, era hispánica y años del reinado: ffecho el privilegio en Sevilla por nuestro mandado miércoles ocho días andados del mes de abril en Era de mill e trezientos e tres annos) y magno despliegue de validativos que ocupan más de la mitad del cuero y son característicos de los privilegios: listas de confirmantes, signo rodado y sello de plomo pendiente de hilos de seda rojos y amarillos.
Con toda probabilidad, este documento propiedad del Cabildo de Párrocos de Toledo, debió estar depositado en la parroquia de San Nicolás, sede del cabildo. Cuando en el año 1842 desaparece la parroquia de San Vicente, se instaló en ese espacio desacralizado el Museo Parroquial y se tiene constancia de que el documento permanece expuesto junto a otras obras de gran valor porque figura relacionado en la guía editada por Antonio Sierra Corella, presbítero organizador de dicho museo. Más adelante, cuando se cerró el Museo Parroquial de San Vicente en 1961, pasó al Museo de Santa Cruz como depósito del Cabildo de Párrocos (expediente 90-10/02/1962 del contrato de depósito), figurando expuesto en el crucero inferior (en la Sección de Bellas Artes) tal y como se describe en el tomo I de la guía editada por la Consejería de Educación y Cultura de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en 1987; en enero de 2000 se desmontó dicha Sección para acometer obras de climatización e iluminación del edificio, no habiendo vuelto a ser mostrado el documento desde entonces.