Toledo capital quiere acabar con la impunidad de los infractores de tráfico que no están empadronados en la ciudad y residen en la provincia. Un convenio entre el Ayuntamiento de Toledo y la Diputación Provincial permite, desde el mes de julio, que el Organismo Autónomo Provincial de Gestión Tributaria de Toledo (OAPGT) "persiga" en vía ejecutiva el cobro de sanciones por infracciones de tráfico o relacionadas con el estacionamiento regulado (ORA) cuyas multas han sido impuestas en la capital regional a vecinos que no están empadronados en la ciudad pero sí lo están en la provincia toledana.
Y es que, hasta ahora, los vecinos empadronados en municipios de la provincia distintos a Toledo capital que eran sancionados durante su estancia en la ciudad, bien por infracciones de tráfico bien por estacionar de manera irregular, podían eludir el pago si carecían de cuentas o bienes embargables en la propia ciudad de Toledo.
Este convenio viene a cambiar la situación para los infractores. El Ayuntamiento ha dicho ‘basta’ porque existen casos de impagos flagrantes de personas que residen municipios del entorno de la ciudad que vienen con frecuencia a Toledo por ocio o por trabajo y que acumulan sanciones de hasta 18.000 euros que nunca pagan.
Ya se ha empezado a notificar la que sería la primera ‘remesa’ de cobro en vía ejecutiva. El convenio suscrito entre Ayuntamiento de Toledo y Diputación le permite a la capital provincial ‘alargar’ el brazo de las sanciones sorteando los límites de su competencia meramente local.
El Ayuntamiento de Toledo cree que la Diputación puede ser un colaborador “eficaz” para llevar a buen término el procedimiento de apremio para la recaudación de multas impuestas a quienes viven fuera del término municipal de la capital. Si las multas no se pagan, la Diputación procederá al embargo de bienes. De hecho, el convenio incluye que el Ayuntamiento ponga a disposición de la institución provincial locales donde poder depositar bienes embargados en concepto de pago, tales como vehículos o bienes muebles.
Además, la Diputación se quedará con el 10% del importe de la multa recaudada y con el mismo porcentaje del recargo durante los dos primeros años del convenio. Ya en el tercero ese porcentaje será del 5%. El convenio se rige por varias leyes, la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público, la Ley reguladora de Haciendas Locales y la Ley reguladora de Bases del Régimen Local.
El convenio tiene una comisión de seguimiento que se reunirá una vez al año. Su vigencia inicial es de dos años y se prolongará sucesivamente de forma anual y automática, salvo renuncia una de las partes.