Siempre hemos pensado que es mejor ser constructivos, no solo por actitud y satisfacción personal, sino también porque se obtiene mejor respuesta de los y las demás. Es por eso que queremos empezar el año recomendando una lectura: El Reglamento Orgánico de los Distritos de la Ciudad de Toledo y de la Participación Ciudadana en su ámbito territorial. Sabemos que es un poco rollo, pero también que es muy ilustrativo, y no solo porque mejora las capacidades de participación de la ciudadanía por el simple hecho de conocerlo —lo que sería muy recomendable para un gobierno que dice apoyar la participación—, sino porque amplia las posibilidades de hacer una oposición seria, propositiva y con posibilidades de lograr cosas para la ciudadanía.
Para llevar a cabo esta “animación a la lectura”, os vamos a señalar 6 aspectos que nos parecen relevantes y que tienen relación con cosas que se han dicho en las últimas noticias:
1/ El Consenso requiere tiempo y se consiguió en un período bastante razonable: parece que a alguien le molesta que el Reglamento tardara en salir casi dos años. En realidad y considerando que se publicó el 4 de noviembre de 2016 y que la toma de posesión tuvo lugar el 13 de junio de 2015, tardó exactamente 1 año y algo menos de 5 meses, pero además es que se dejó la mitad de ese período a disposición de las asociaciones vecinales y a la federación de asociaciones para elaborar un borrador con el que empezar a debatir. Finalmente rechazaron esta opción y prefirieron debatir sobre un borrador elaborado por el gobierno, que en el proceso habló, además, con el resto de grupos políticos y otras asociaciones. Los consensos no son sencillos y llevan tiempo, pero además, buscando también la unanimidad de partidos políticos y asociaciones vecinales, se quedaron por el camino algunas otras propuestas interesantes que llevaba la Concejala de Participación, como la representación en los Consejos de aquellas vecinas y vecinos que no pertenecían a asociaciones y que podrían integrarse a través de su elección en las asambleas del Distrito. A cambio se comprometió y logró que se pusieran en marcha otras herramientas de participación directa como el Toledo Participa que permitió a la ciudadanía no organizada poder hacer propuestas directas y tener un marco público que mejorara el conocimiento de las mismas y a través del cual recabar los apoyos oportunos para llevarlas a efecto.
2/ Diferencia entre el Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana y el Reglamento (que no estatuto) de los Distritos y de la Participación Ciudadana en el Ámbito Territorial: el primero está en vigor desde 2006 y regula la participación de la ciudadanía en diversos aspectos de la institución: derecho a tener información y a pedirla; derecho a las consultas ciudadanas; derecho a poder hacer iniciativas ciudadanas y propuestas para promover actividades; derecho a participar en consejos sectoriales, consejos municipales y otros órganos de participación; etc. Este reglamento regula también la declaración de utilidad pública municipal. El segundo Reglamento, de 2016, venía a mejorar sustancialmente a su predecesor sobre las Juntas de Distrito, con algunas novedades llamativas: le devolvía el voto a las asociaciones vecinales (que lo habían perdido); incorporaba una asamblea ciudadana dentro de los órganos de participación en los territorios; permitía la integración, en los Consejos de Participación, de otro tipo de asociaciones, culturales o civiles, distintas a las vecinales, para enriquecer la participación; añadía un Distrito más dividiendo el de Centro Norte en dos para acotar territorios y tratar de hacerlos más asequibles y con elementos más comunes; etc, etc, etc. Ambos reglamentos pueden y deben combinarse para activar la participación ciudadana lo más posible y ofrecen muchas más posibilidades de las que se le han criticado de forma vaga estos días, pero hay que conocerlos.
3/ La participación no se limita a desperfectos, sino a las propuestas realizadas por los integrantes de la mesa. Cuanto más rica sea la mesa del Consejo, mejores oportunidades de participación habrá y se podrá desarrollar en más ámbitos diversos. Pero hay otras herramientas de participación como el Toledo Participa o los Presupuestos Participativos que pueden complementar al Consejo para la decisión directa. Claro que requieren que el Presidente/a tenga alguna voluntad de asignarlos en presupuestos y en promoverlos entre su distrito (o que alguien, desde la oposición, se lo exija). Si no, las propuestas del Consejo deben ser llevadas a los responsables de cada Concejalía: el Presidente/a puede ejercer una función de promotor de tales propuestas haciendo un seguimiento… Claro que también puede ignorarlas, entonces la participación no funciona, evidentemente, pero eso lo pueden impedir los integrantes del Consejo, reivindicando su papel y exigiendo al Presidente/a una adecuada respuesta a las demandas ciudadanas. (Porque lo que no hay es una delegación orgánica de funciones, ya nos hubiera gustado, pero ni es legal ni había apoyo del resto de grupos)
4/ El reglamento permite la presencia de 2 vocales que representen a asociaciones de otros ámbitos distintos a las vecinales declaradas de utilidad municipal, nombradas por el presidente pero a propuesta de esas entidades ciudadanas. Por eso en la pasada legislatura no hubo problemas en tener a AMPAS y/o asociaciones culturales que formaban parte del Consejo o del público para ver cómo funcionaban sus representantes. La utilidad pública municipal es cuestión de trámite, sólo hace falta tener la voluntad de incluirlas cuando se resuelva.
5/ El Reglamento actual permite 3 órganos de participación en los territorios: el Presidente; el Consejo de Participación; la Asamblea de Distrito. Estos dos últimos permiten la creación de grupos de trabajo o comisiones para mejorar los procesos de estudio de cuestiones en el barrio donde pueden participar todas y todos los vecinos u organizaciones del distrito que se inscriban, lo que permitiría más participación directa si el Presidente/a se molestara en dinamizarlo o los miembros de la mesa del Consejo hicieran una propuesta y la sacaran por mayoría.
Además, en la Asamblea de Distrito, que según el reglamento se debería convocar 2 veces al año, puede participar cualquiera siempre y cuando esté inscrito (por lo que es recomendable la publicidad), pudiendo hacerse propuestas, que se votarán, como en cualquier consejo de participación por los asistentes a la Asamblea.
6/ Antes de Denostar al Reglamento, conviene aprovechar todas las oportunidades que ofrece. Y ya si se nos quedase corto (que de momento no ha sido el caso), ya se podría hablar de intentar volver a conseguir un consenso suficiente para volver a reformularlo, eso sí con cuidado porque habría que mantener la participación y el voto de las asociaciones que ya se perdió una vez. En todo caso, y mientras tanto recomendamos recuperar en los presupuestos municipales la partida para presupuestos participativos… por aquello de ver que existe voluntad de unas y otros más allá de las críticas fáciles.
Helena Galán y Eva Jiménez, exconcejalas de Ganemos Toledo